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EL TRÁNSITO URBANO
UNO DE LOS TANTOS MOTIVOS DEL DESORDEN HABITUAL EN LA CIUDAD

     El diputado Norberto Laporta presentó reciéntemente a la consideración de sus pares una novedosa propuesta, volcada en proyecto legislativo, que tiende a la adopción de medidas de ordenamiento del tránsito vehicular en la ciudad, cuestionando la entrada indiscriminada de vehículos particulares donde viaja una sola persona. Instituye el Diputado La Porta un sistema de:

Peaje Diferenciado
     Con el objetivo de contribuir a la cultura de la peatonalización, el diputado Norberto La Porta presentó un proyecto de Ley que procura reducir el ingreso de vehículos en el macro y micro centro de la Ciudad.
El costo del peaje diferenciado se considera en función de la cantidad de ocupantes en cada unidad vehicular, a mayor número de ocupantes, menor es su costo.
     "La iniciativa debe ser acompañada y complementada con otras políticas que permitan la menor circulación de autos y la mejora del servicio de transporte público", argumentó el Diputado.
Tanto desde lo urbanístico, como desde lo que hace al medio ambiente es necesario encarar políticas que permitan una mejor calidad de vida para el porteño.

PROYECTO DE LEY

     Artículo 1°.- Establécese el peaje diferenciado para automóviles, en las Autopistas de la Ciudad de Buenos Aires pertenecientes a la Empresa AUSA (Autopistas Urbanas Sociedad Anónima).
Artículo 2º.- El peaje diferenciado se considera en función de la cantidad de ocupantes de cada automóvil según la siguiente escala:

a) chofer solamente
b) chofer, hasta con dos ocupantes
c) chofer, con 4 ocupantes
Artículo 3º.- Las escalas mencionadas en el Art. 2° exhibirán las

siguientes tarifas:

En el ítem (a), se mantiene la tarifa vigente.
En el ítem (b), se establece una disminución del25% de la tarifa vigente.
En el ítem (c), se establece una disminución del 50% de la tarifa vigente.
Artículo 4º.- La presente Ley no se aplica para los vehículos de transporte colectivo, en cualquiera de sus variantes; ni para el transporte de cargas en general; ni a los taxímetros en servicio.
Artículo 5º.- Comuníquese, etc.

     Alguno dirá primero legislaron sobre los cinturones de seguridad, luego sobre las camas solares, más tarde sobre el cigarrillo, ahora quieren hacer un menú macriobiótico, por otro lado quieren entrar a mi hogar a ver que tareas cumple cada uno en la pareja matrimonial y ahora, ¡también dentro de mi automovil!
     Sí, puede ser que muchas personas piensen así y, en algunos casos tengan mucho de razón, pero en este caso, el interés particular choca con el interés colectivo, y es obligación de los poderes gubernamentales proteger dicho interés colectivo. Y la norma propuesta en el proyecto privilegia, sin duda esta última condición.

     Desde estás páginas, le deseamos mucho éxito y la comprensión de sus pares.

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