Una
de las situaciones imprevisibles que causan
mayor enfado en los caminantes es encontrarse
de golpe con los denominados “paseadores
de perros”, que sin cuidado alguno
ocupan todo el ancho de las veredas, se
estacionan con los animalitos frente a los
edificios donde viven sus propietarios y
riegan cualquier sector de aceras o invaden
los parques fuera de los lugares habilitados.
Como hacerles
algún reproche es generalmente ganarse
como respuesta gestos hoscos o palabras
descomedidas, usualmente el sufrido vecino
sigue su camino hablando bajito para sí
mismo.
Ahora, parece que la Subsecretaría
de Higiene Urbana del Ministerio de Ambiente
y Espacio Público del Gobierno de
la Ciudad comenzó una labor de control
y sus inspectores labraron 13 actas de infracción,
de un total de 19 paseadores inspeccionados,
por detectar faltas relativas a la higiene
en la vía pública, irregularidades
en los registros, llevar animales sin correa,
atar animales a postes y árboles,
y llevar más de ocho canes por paseo.
Los
controles se realizaron en Barrancas de
Belgrano y en las inmediaciones del Jardín
Botánico. Además los inspectores
advirtieron e informaron a vecinos propietarios
de mascotas.
La
Subsecretaría informa que durante
el último mes se realizaron un promedio
de 145 multas por semana que alcanzan montos
de hasta 600 pesos de acuerdo con la falta
cometida.
Los
controles y verificaciones continuarán
en diferentes parques y paseos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires con el objeto
de preservar la higiene de los espacios
públicos, señaló hoy
el ministerio.
En
tal sentido, la cartera recordó que
para mantener las buenas condiciones de
higiene de la vía pública,
tanto los paseadores como los propietarios
de mascotas deben llevar consigo en los
paseos los elementos necesarios para recoger
las deposiciones de los animales.
Asimismo,
deben procurar mantener a los perros con
correa y no atarlos a postes o árboles.
Las
inspecciones se realizan en el marco del
cumplimiento del Decreto Nº 1972 de
noviembre de 2001, por el cual se creó
el Registro de Paseadores de Perros y se
reglamentó la Ordenanza Nº 41.831/87
que ordena el Tránsito y Paseo de
Perros en los Espacios Públicos de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
al tiempo de aplicar el apartado 1.3.12
del Régimen de Faltas de la Justicia
Municipal “Tránsito y Excremento
de Animales”.
Es esperable que estos controles abarquen
todos los barrios de la ciudad, especialmente
las plazas públicas, y no solamente
en los barrios del norte de nuestra ciudad.
San Cristóbal, Parque Patricios,
Almagro, Boedo, Parque Chacabuco, Nueva
Pompeya, etc. sufren diariamente con los
inoportunos “paseadores d perros”
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