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Tras vencerse la prórroga de 30 días
establecida por el Gobierno porteño, concluye el
sistema de advertencias para la mayoría de las
infracciones y comienzan a sancionarse
estacionamientos en calles de alto tránsito y también
cualquier exceso en la velocidad permitida.
 Estas infracciones se suman a otras que
ya se
penalizaban, como la violación de luz roja y
los
estacionamientos graves y en avenidas
El Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,
Aníbal Ibarra, firmó el decreto mediante
el cual
prorroga por 60 días el sistema de advertencias
para
algunas infracciones de tránsito, pero se incorporan
nuevas penalizaciones.
Tras la firma del decreto, se incorpora al sistema
de
sanciones el estacionamiento indebido en las calles
de
alto tránsito con jerarquía de red de
circulación
primaria y cualquier exceso sobre la velocidad
permitida. Esto siginifica que cuando el registro
fotográfico detecte una violación a las
indicaciones
de los semáforos, un exceso de velocidad a los
límites
máximos permitidos, estacionamiento indebido
grave,
sobre avenidas o en las calles que se detallan al pie,
se confeccionará la correspondiente acta de
infracción.
Además, se prorroga por 60 días la campaña
de
educación vial en la que se advierte a la comunidad
sobre las normas de tránsito vigentes y la
intensificación de los sistemas de control de
tránsito.
Este decreto -firmado el 14 de noviembre- será
efectivo partir de su publicación en el Boletín
Oficial, lo que sucederá en los próximos
días.
Esta campaña, que comenzó hace 90 días,
se implementó
a través de los registros fotográficos
obtenidos
mediante el control inteligente de infracciones. Esos
registros son remitidos, en carácter de advertencia,
a
los titulares de los vehículos que han cometido
la
infracción.
Sucesivamente se fueron incorporando infracciones
sancionables al sistema. En la primera etapa se
remitían como advertencia todas las infracciones
a
excepción de la violación de luz roja
y el exceso de
velocidad que superara en más de 20 kilómetros
por
hora el límite de velocidad máxima permitida.
Posteriormente, se agregaron los estacionamientos
graves, los estacionamientos en avenidas y el exceso
en más de 10 kilómetros por hora los límites
de
velocidad permitida, reduciendo así el margen
de
exceso de velocidad sancionable.
Dada la mejora efectiva registrada en el tránsito
de
la Ciudad, el Jefe de Gobierno porteño decidió
continuar adelante con esta campaña por 60 días
más,
pero incorporando las nuevas infracciones antes
descriptas.
Los registros fotográficos de infracciones que
no
correspondan a las sanciones previamente descriptas
serán remitidas como advertencia con el siguiente
texto: “Por un tránsito seguro. El Gobierno
de la
Ciudad de Buenos Aires ha verificado una conducta
imprudente por parte del conductor de este vehículo.
Este no es un aviso de sanción o multa sino una
advertencia para prevenir maniobras y comportamientos
peligrosos en la vía pública. Los riesgos
de muerte
violenta y accidentes graves e invalidantes no
provienen solo del exceso de velocidad sino también
del estacionamiento indebido, que obstruye la visión
de peatones y conductores. La multa no es un recurso
fiscal sino una sanción. Antes de aplicarla esperamos
contar con su cooperación y responsabilidad ciudadana
para lograr un tránsito fluido, seguro y solidario
en
la Ciudad. Muchas gracias”.
Las calles que se incoporan al estacionamiento
indebido sancionable son:
11 de septiembre, Arenales,
Avellaneda, Bartolomé
Mitre, Billinghurst, Blanco Encalada, Boyacá,
Campichuelo, Cangallo, Carlos Calvo, Castro Barros,
Catamarca, Ciudad de La Paz, Colombres, Combate de los
Pozos, Dorrego, Echeverría, Ecuador, Galván,
Gascón,
Güemes, Iberá, Jean Jaures, Jorge Newbery,
José
Hernández, Juramento, La Pampa, La Rioja, Manuela
Pedraza, Mario Bravo, Medrano, Mendoza, Migueletes,
Emilio Mitre, Monroe, Moreno, Muñiz, Neuquén,
Ramallo,
Ramón Falcón, Río de Janeiro, Rojas,
Rosario,
Salguero, Sarmiento, Tte. Gral. Perón, Venezuela,
Virrey del Pino, Virrey Vértiz y Yatay.
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