LA PLAZA DE BOEDO NUEVAMENTE
EN DANZA
Tras una
semana desaparecido, nuevamente el tratamiento del proyecto
de expropiación del predio vuelve a figurar en
los Planes de Labor de la Legislatura de la Ciudad de
Buenos Aires. Esta vez está incluido su tratamiento
en la sesión a cumplirse el próximo jueves
24 de agosto, según lo publicado en el sitio
Internet de la citada Legislatura:
TRATAMIENTOS CON DESPACHO PREFERENCIAL
PARA EL 24.8.2006
Exp. 2714-D-05 y 805-D-06, de Ley, declarar
de utilidad pública y sujeto a expropiación
al predio conocido como "Estación Vail".
(B. SOCIALISTA
Esperamos
que esta vez sí se pueda asistir a las deliberaciones
sobre el curso del/los proyectos.
PIEDRAS
EN EL CAMINO
HACIA LA PLAZA DE BOEDO
Por cuarta vez fue postergado
el anunciado Trámite Preferencial que, según
sucesivos "Planes de Labor" de la Legislatura
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, iba a
tener el tratamiento de los proyectos unificados que
postulan la expropiación del predio conocido
como "ex Estacion Vail", en Sánchez
de Loria entre Estados Unidos y Carlos Calvo.
El Plan de Labor establecido
para el día de mañana, 3 de agosto, no
lo menciona y tampoco se hace mención -en la
versión difundida por Internet- como es habitual,
de los asuntos previstos para el tratamiento de futuras
sesiones.
Nuevo Ciclo
tratará mañana de informarse en sede legislativa
sobre las razones de la nueva postergación, aún
cuando suponemos que deben basarse en no haber terminado
el tratamiento en Comisiones.
De todas formas mantenemos
la esperanza de la aprobación en el corriente
período de la ley de expropiación, como
primer paso para -luego- definir el proyecto final de
ocupación del predio.
Hemos advertido que alguna
de las organizaciones firmantes del petitorio por la
plaza establecieron buzones para un ejercicio de votación,
que tendría por finalidad darle nombre a la futura
plaza. Creemos apresurado entrar en la posible discusión
acerca del eventual nombre del espacio, toda vez que
el Art. 81 de la Constitución de la Ciudad de
Buenos Aires, en su inc. 7, dispone que es la Legislatura,
"con la mayoría absoluta de sus miembros"
.quien .."Impone nombres a sitios públicos...."
También el Art.89,
que legisla sobre los casos que merecen el procedimiento
de doble lectura, en su inc. 3 incluye el caso de "Imposición
de nombres a sitios públicos..."
Por lo expuesto, el simulacro
de votación no deja de ser lo que citmaos antes,
un "ejercicio de votación", que de
todas forman viene bien para reforzar el deber que tenemos
los ciudadanos de ejercer nuestro derecho al voto, aun
cuando después no reconozcamos los caminos que
las leyes nos imponen y recurramos a la coacción,
al amedrentamiento o al escrache, para lograr que la
opinión de unos pocos parezca la opinión
de muchos.
Como lo hemos prometido,
continuaremos manteniendo informados a los visitantes
a este sitio y a los lectores de nuestra edición
gráfica, sobre las futuras alternativas de este
necesario trámite legislativo.
Aníbal Lomba
www.nuevociclo.com.ar
Producción Propia
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